Ley 21.147 permite vidrios oscuros polarizados que cumplan con los factores de transmisión regular de la luz y otras otras cualidades ópticas, y las certificaciones ,establecidas en el reglamento.
Láminas no podrán ser reflectivas ,ni metálicas ,ni espejadas.
Las láminas no podrán ser de color ámbar, amarillo, rojas o azules, ni matices de éstos.
💪 De la instalación
• Deben ser adheridas en la superficie interna de los vidrios.
• Deben ser adheridas en un solo paño por vidrio .
• Deben instalarse de modo que no queden imperfecciones o cualquier otro elemento que dificulte plena visual .
•Las láminas instaladas en la luneta trasera de los vehículos no podrán obstaculizar la plena visibilidad de la superficie luminosa efectiva de la tercera luz de freno
🚫Prohibiciones
• No se permite en parabrisas, ni en vidrios que de fábrica tintados que estén permitidos.
• No se permite vehículos de transporte escolar.
🚗🚘🛺 Factores de transmisión regular la luz o índice de transparencia del conjunto vidrio/lámina.
🆗Sello instalador
El valor deberá ser grabado en la lámina mediante la incorporación de un sello en relieve indeleble en el que se indicará además el nombre y RUT de la empresa instaladora, de modo que la información ya señalada pueda leída desde el exterior del vehículo.
📧Certificado instalador
La empresa instaladora de la(s) lámina(s) deberá emitir y entregar al interesado cliente propietario del vehículo un certificado con firma digital que indique, a lo la siguiente siguiente información :
• Placa patente única del vehículo en el que instaló la(s) lámina(s).
• Emisor y N° de certificado de inflamabilidad de la lámina.
• Certificación de filtro UV .
• El factor de transmisión regular la luz del conjunto vidrio/lámina.
• Razón social empresa, según se trate de personas jurídicas naturales. Razón social o nombre del instalador, según se trate de personas jurídicas naturales.
• Rol único tributario o cédula nacional de identidad, según se trate personas jurídicas o naturales.
• Domicilio, dirección de correo electrónico y teléfono contacto del instalador.
• Fecha de instalación la(s) lámina(s).
• Vidrios a los cuales se les instaló la lámina.
• Firma y timbre del instalador.
Para todos los efecto legales, el instalador será considerado como proveedor, en los términos dispuestos en la Ley N°19.496,que establece normas sobre protección de los derechos del consumidores y quedará sujeto a las obligaciones allí establecidas .
👌Vigencia Decreto y verificación en PRT
Verificación del factor de transmisión regular la luz y otras condiciones se hará con ocasión de las revisiones técnicas periódicas en la PRT.
Medición del factor en PRT a partir de seis (6) meses la publicación el Diario Oficial publicado el 11 de septiembre 2020
Entre el 11 de marzo y 10 septiembre de 2020 es exigencia:
• Verificar sellos indelebles en todos los vidrios
• Verificar el certificado de la empresa instaladora
🏧Causal de Rechazo
• Algún vidrio no tiene el sello indeleble
• No tiene el Certificado, está incompleto o información no coincide con la del sello.
🚗De vehículos con láminas polarizadas, anterioridad a la entrada en vigencia del Reglamento
• No es posible instalar sello a la láminas ya instaladas.
• No están permitidos sin las exigencias anteriores. (sello de agua y certificado) por tanto deben ser rechazados
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